V. A. Lipkan: PRINCIPIOS DE DESARROLLO DE LA DELICTOLOGIA INFORMATICA

 

Volodymyr Anatoliyovych Lipkan,

Acad?mico de la Academia de Ciencias  de la Ense?anza Superior de Ucrania,

doctor en derecho, profesor titular

 

Yuliya Yevguenivna Maksymenko,

Profesora titular de la catedra de teor?a de estado y derecho

 de la Academia Nacional del Interior,

doctora en derecho

 

Ha sido llevada a cabo una  investigaci?n sobre la legislaci?n nacional que establece la responsabilidad jur?dica de las infracciones contra la informaci?n y se argumenta la necesidad de la formaci?n de la delitolog?a inform?tica como una instituci?n del derecho inform?tico a base de un infoque integrador.

Palabras clave: delitolog?a inform?tica, infracciones inform?ticas, delitos inform?ticos, cr?menes inform?ticos, seguridad inform?tica, pol?tica inform?tica, sociedad inform?tica, relaciones inform?ticas

 

Проведено исследование национального законодательства, которое устанавливает юридическую ответственность за правонарушения относительно информации и обоснована с учетом интегративного подхода необходимость формирования информационной деликтологии как института информационного права.

Ключевые слова: информационная деликтология, информационные правонарушения, информационные деликты, информационные преступления, информационная безопасность, информационная политика, информационное общество, информационные правоотношения

 

 

Authors provide their own vision about forming information delictology as a part and institute of information law. Due to integration approach and deep legislation analyses which provide a judicial responsibility for information delicts authors give an extra argument for creating a new institute.

Key words: information delictology, information delicts, information crimes, information security, information policy, information society, information law relations

 


Planteamiento del problema

El desarrollo de la sociedad inform?tica est? realiz?ndose r?pidamente y el componente institucional de este proceso, incluyendo su regulaci?n jur?dica, en gran parte no se desarrolla a la misma velocidad que la formaci?n de nuevas relaciones sociales. En estas condiciones, una variedad de interpretaciones y debates relativos a la formaci?n de la sociedad inform?tica son un gesto tard?o y carecen de sentido racional y constructivo desde el punto de vista cient?fico.

La conceptualizaci?n de estas relaciones en el marco de las investigaciones cient?ficas y la formaci?n del sistema de relaciones jur?dicas inform?ticas como una rama independiente de derecho a trav?s de la institucionalizaci?n del derecho inform?tico aparecen ahora como un hito importante para el desarrollo del futuro estado en las condiciones de la globalizaci?n inform?tica y la formaci?n de un nuevo orden inform?tico.

La mayor?a de los investigadores est?n centrando su atenci?n cient?fica en el an?lisis de las caracter?sticas esenciales de la sociedad inform?tica, mientras que pasan por alto de los temas relevantes: la falta de regulaci?n jur?dica sistem?tica de relaciones jur?dicas inform?ticas, la formaci?n y el desarrollo del derecho inform?tico como una rama independiente del derecho, el desarrollo y la adopci?n del C?digo Indorm?tico de Ucrania, la regulaci?n jur?dica de la seguridad inform?tica, el desarrollo de las bases conceptuales de la pol?tica inform?tica de estado, la formaci?n de mecanismos de interacci?n inform?tica de los participantes en las relaciones inform?ticas, la formaci?n de ciberfuerzas y de la pol?tica de ciberseguridad, los fundamentos de realizaci?n de guerras inform?ticas y psicol?gicas en las condiciones de la activizaci?n de guerras centradas en redes (Network-centric warfare) masivas que se realizan contra Ucrania.

Otra capa de tareas cient?ficas son problemas de sistematizaci?n de los delitos en la esfera inform?tica y su legitimaci?n seg?n el criterio gen?rico,  lo que hasta hoy no se ha hecho en el C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania, y los problemas de la sistematizaci?n de la legislaci?n inform?tica en Ucrania han sido conceptualizados solamente dentro de la escuela cient?fica de V.A.Lipkan[1].

El campo problem?tico de este tema se compone de los siguientes elementos: la regulaci?n jur?dica noramativa del sector administrativo delictivo se caracteriza por el conjunto de actos jur?dicos normativos de las responsabilidades administrativas en distintos ?mbitos de la vida social; la existencia de los actos relacionados con el tema de la regulaci?n del derecho inform?tico, incluyendo el C?digo de Ucrania sobre Delitos administrativos, el C?digo Civil de Ucrania, el C?digo Penal de Ucrania; la necesidad de la armonizaci?n de la legislaci?n en la esfera de informaci?n a los est?ndares de la UE, teniendo en cuenta los intereses inform?ticos nacionales.

En Ucrania los delitos inform?ticos no han sido objeto de una investigaci?n cient?fica especial. Del mismo modo no ha sido estudiado a nivel  monogr?fico el aparato conceptual de la teor?a del derecho inform?tico, y algunas infracciones inform?ticas se consideran solamente en t?rminos generales y s?lo como parte del derecho administrativo. Tambi?n podemos constatar que hoy en d?a el problema de las peculiaridades esenciales y sustanciales de los delitos inform?ticos no ha sido investigado bastante, todav?a no hay criterios exactos de su distinci?n de otras categor?as de infracciones, de la correlaci?n entre las responsabilidades legales inform?ticas y otros tipos de responsabilidades jur?dicas. A?n m?s, despu?s de analizar el C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania se puede concluir que al colocar las normas que establecen la responsabilidad por las infracciones inform?ticas en diferentes cap?tulos, el legislador deliberadamente no reconoce tal tipo de infracciones como infraccones inform?ticas, as? como las relaciones jur?dicas inform?ticas como un tipo particular de relaciones sociales.

La relevancia del estudio de los problemas te?ricos y pr?cticos de los delitos inform?ticos en Ucrania deriva, por una parte, de la necesidad de crear una teor?a ?ntegra del delito inform?tico como un tipo particular de infracci?n y la base de responsabilidad jur?dica inform?tica, por otra parte, de la necesidad de mejorar la legislaci?n inform?tica delictiva actual. A?n m?s, el retraso en la adopci?n del C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n (C?digo Inform?tico de Ucrania) por los legisladores ucranianos no es un eco de las tendencias objetivas del desarrollo de la sociedad inform?tica y s?lo hace que sea posible determinar lo siguiente: Ucrania siendo el primer pa?s de la CEI cuyos cient?ficos han desarrollado el proyecto del C?digo Inform?tico tiene miedo de adoptarlo, bas?ndose, entre otras razones, en nuestra opini?n, en el complejo de inferioridad. Tenemos que reconocer la capacidad intelectual de los cient?ficos ucranianos de desarrollar actos jur?dicos fundamentales  por su cuenta, y no  pensar en que en otros pa?ses tales actos no existen y no podemos ser los primeros. Tenemos que acabar una vez por todas con la pol?tica viciosa del miedo de ser los mejores, de ser l?deres y de la comparaci?n continua con Mosc? u otros pa?ses. La fuerte ciencia ucraniana es capaz de realizar tareas para lograr la prosperidad estable y sostenible  del Estado Ucraniano.

En el marco del derecho inform?tico internacional tampoco existe una resoluci?n sistem?tica y, ante todo, teor?ca de este problema. Por esta raz?n el estudio de los problemas te?ricos y pr?cticos de los delitos inform?ticos en Ucrania es una corriente actual en la ciencia jur?dica inform?tica contempor?nea.

Adem?s, teniendo en cuenta los estudios que hemos realizado, el n?mero de las infracciones en el ?mbito de la informaci?n crece cada a?o  inevitablemente, mientras que la reflexi?n cient?fica sobre esta cuesti?n no corresponde a la tendencia objetiva de una din?mica positiva de estos procesos. Teniendo en cuenta el character sistem?tiico del problema que hemos investigado, en este art?culo analizaremos los principios de la formaci?n de la delitolog?a inform?tica.

As? que la relevancia de este art?culo consiste en la falta de estudios te?ricos sobre delitolog?a inform?tica.

El objetivo del art?culo es determinar los principios de la formaci?n de la delitolog?a inform?tica.

Para lograr este objetivo, los autores plantean las siguientes tareas:

-  analizar la legislaci?n nacional que establece la responsabilidad jur?dica por las infracciones de car?cter inform?tico;

-  identificar los principales inconvenientes de la legislaci?n nacional que establece la responsabilidad jur?dica por las infracciones de car?cter inform?tico;

-  proponer las v?as principales de mejorar la legislaci?n nacional que establece la responsabilidad jur?dica por las infracciones de car?cter inform?tico.

El nivel de investigaci?n cient?fica del tema

Hoy en d?a provoca una seria preocupaci?n  la expansi?n de los casos de  la recogida ilegal y utilizaci?n de la informaci?n,  acceso no autorizado a los recursos de informaci?n, copia il?cita de informaci?n en los sistemas electr?nicos, secuestro de informaci?n de las bibliotecas, los archivos, los bancos y las bases de datos, incumplimiento de la tecnolog?a de procesamiento de informaci?n, lanzamiento de programas virus, troyanos, programas de phishing, destrucci?n y modificaci?n de datos en los sistemas de informaci?n, intercepci?n de la informaci?n en los canales t?cnicos de su filtraci?n, y tambi?n la manipulaci?n de la conciencia social e individual.

La transici?n hacia una sociedad de informaci?n ha cambiado el estatus de la informaci?n. Actualmente se considera no s?lo como un medio de seguridad, sino tambi?n como una amenaza a la seguridad nacional.

Durante mucho tiempo los delitos inform?ticos se han analizado a trav?s del prisma de las amenazas a la seguridad nacional. Por lo tanto, los estudios se llevaban a cabo dentro del marco de la seguridad nacional[2]. Este enfoque lo presentan los trabajos de Y.Y.Maksymenko, B.A.Kormych y otros.

Algunas cuestiones de la responsabilidad administrativa por las infracciones en la esfera de informaci?n han sido estudiadas a trav?s del prisma del derecho administrativo. En particular, este enfoque ha sido presentado en los trabajos de I.Aristova, V.Baskakov, M.Dimchoglo, V.Zaliznyak, L.Kapinus, O.Loguinov, G.Lynnyk, P.Matviyenko, I.Sopilko, O.Stoyetskyy, O.Polushkin, K.Tatarnykova, A.Tunik, V.Tsymbalyuk, K.Cherepovskyy y otros[3].

En nuestra opini?n, los m?s importantes son los trabajos de V.Tsymbalyuk[4] y M.Shvets[5] que proponen considerar el derecho inform?tico como una rama particular de derecho y  estudiar dentro de esta rama de derecho como las relaciones sociales en la esfera de informaci?n as? como toda la variedad de las infracciones que se producen en ella.

En cambio, a pesar del gran n?mero de investigaciones dedicadas al an?lisis de diversos aspectos del derecho inform?tico y tambi?n la importancia de las cuestiones controvertidas planteadas en este contexto se ignora la amplia cobertura sistem?tica de las infracciones inform?ticos.

En la mayor?a de las investigaciones cient?ficas se analizan ciertos tipos de infracciones dependiendo de la especialidad  dentro de la cual se realiza el estudio: penales, civiles, administrativas, etc. Pero estos estudios describen las infacciones inform?ticas s?lo tomando en cuenta y partiendo de las herramientas metodol?gicas de su propia ciencia, sin tomar en consideraci?n el car?cter sistem?tico de este hecho. De este modo, tiene lugar una investigaci?n fragmentaria de un hecho sistem?tico.

En cambio, nosotros ofrecemos un enfoque cient?fico conceptual completamente nuevo[6].

En el contexto de formaci?n de una sociedad global de informaci?n con el fin de lograr la comprensi?n de su reflexi?n por parte de la comunidad cient?fica existe la necesidad de un an?lisis no de publicaciones cient?ficas de los investigadores individuales sino del estudio de la experiencia de formaci?n y desarrollo de las escuelas cient?ficas del derecho inform?tico.

Hoy podemos constatar que en Ucrania se ha formado una nueva escuela cient?fica, iniciada por V.A.Lipkin, doctor en derecho,  acad?mico de la Academia de Ciencias de la Educaci?n Superior de Ucrania, cuyos miembros ya han defendido sus tesis doctorales sobre diversos temas del derecho inform?tico, y el objetivo principal y la direcci?n de las actividades de la escuela tiene como objetivo la formaci?n de una eficaz regulaci?n jur?dica sistem?tica de la avanzada sociedad inform?tica en Ucrania en condiciones de una globalizaci?n din?mica y, en parte, inform?tica destructiva.

Como uno de los primeros trabajos se puede mencionar la tesis de Y.Y.Maksymenko que ha establecido los fundamentos para formar el sistema de delitos en el derecho inform?tico mediante determinaci?n de las amenazas a la seguridad inform?tica[7].  Otro hito importante en el camino del establecimiento del derecho inform?tico como una rama independiente de derecho ha sido el estudio de V.A.Zaliznyak en el cual el autor ha investigado el problema de la sistematizaci?n de la legislaci?n inform?tica[8]. La continuaci?n l?gica de estos estudios ha sido el trabajo de M.I.Dimchoglo “La consolidaci?n de la legislaci?n inform?tica de Ucrania”[9], y m?s tarde el trabajo de K.P.Cherepovskyy  “La icorporaci?n de la legislaci?n inform?tica de Ucrania”[10]. La etapa final de esta fase del estudio ha sido la defensa p?blica de la  tesis doctoral de K.G.Tatarnykova “La codificaci?n de la legislaci?n de Ucrania sobre la informaci?n”[11], y tambi?n de la tesis doctoral de V.S.Tsymbalyuk “La codificaci?n de la legislaci?n inform?tica de Ucrania”[12]. Una importante direcci?n de la escuela cient?fica de V.A. Lipkan es la investigaci?n de los problemas de protecci?n de la informaci?n con acceso restringido[13] y de datos personales en el marco de la responsabilidad administrativa por diferentes infracciones en el campo de la informaci?n[14].

Por supuesto, una considerable base conceptual de nuestro estudio ha sido formada por los trabajos de L.V.Koval[15], V.K.Kolpakova[16], O.I.Ostapenko[17], Y.V.Dodin[18], A.T.Komzyuk[19], I.P.Golosnichenko[20] dedicados a diversos aspectos de la delitolog?a administrativa.

El material principal

El an?lisis de contenido de la legislaci?n ucraniana que hemos realizado ha permitido concluir que la legislaci?n penal, civil, administrativa, presupuestaria contiene las normas que prev?n la responsabilidad por las infracciones de car?cter inform?tico.

As?, en el C?digo Penal de Ucrania hemos encontrado el  Cap?tulo 16 “La delincuencia en el ?mbito del uso de las m?quinas de calcular electr?nicas (ordenadores), sistemas y redes de ordenadores, redes de distribuci?n de energ?a” que contiene s?lo 5 art?culos que prev?n sanciones penales por la comisi?n de cr?menes de car?cter inform?tico.  Sin embargo, podemos constatar que cierto n?mero de otros crimenes que se encuentran en otros cap?tulos, son tambi?n de car?cter inform?tico, entre ellos: parte 2, cap?tulo 109 “Las acciones encaminadas a cambiar por la violencia o derrocar el orden constitucional o la toma del poder del Estado”, etc.

Los delitos administrativos tampoco est?n sistematizados en un cap?tulo concreto,  sino est?n dispersos en diferentes secciones (cap?tulos) del C?digo de Ucrania sobre las Infracciones Administrativas.

En particular,  es interesante el trabajo de O.V. Stoyetskyy en el cual el autor investiga la cuesti?n de la responsabilidad administrativa por infracciones en el ?mbito de la seguridad infortm?tica[21]. Por ejemplo, el investigador ha llegado a la conclusi?n de que la Parte Especial del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania contiene elementos de actos il?citos inform?ticos en los siguientes cap?tulos:

  • cap?tulo 5 “Inflracciones administrativas en el ?mbito de la seguridad del trabajo y de la salud de la poblaci?n”;
  • cap?tulo 6 “Infracciones administrativas que atentan contra la propiedad”;
  • cap?tulo 7 “Infracciones administrativas en el ?mbito de protecci?n del medio ambiente, recursos naturales, protecci?n de los monumentos de la historia y la cultura”;
  • en el cap?tulo 10 “Infracciones administrativas en el transporte, en la gesti?n vial y en la comunicaci?n”;
  • en el cap?tulo 12 “Infracciones administrativas en el comercio, en la restauraci?n, en la esfera de servicios, en las finanzas y en la actividad empresarial”;
  • en el cap?tulo 14 “Infracciones administrativas que atentan contra el orden p?blico y la seguridad p?blica”;
  • en el cap?tulo 15 “Infracciones administrativas que atentan contra la orden de gesti?n establecida”;
  • en el cap?tulo 15-а  “Infracciones administrativas que atentan contra la ejecuci?n de la manifestaci?n de voluntad del pueblo y contra la orden de su realizaci?n etablecida”, etc.

Al mismo tiempo, cada cap?tulo contiene un n?mero diferente de las infracciones en la esfera de la informaci?n por las cuales se prev? responsabilidad administrativa.

Pero el m?s significativo seg?n el n?mero de las infracciones es el cap?tulo 15 del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania que contiene las infracciones administrativas que atentan contra de la gesti?n de ?rden establecida; cap?tulo 15-а del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania – infracciones administrativas que atentan contra la ejecuci?n de la manifestaci?n de la voluntad del pueblo y contra la orden de su realizaci?n etablecida; cap?tulo 12 del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania – infracciones administrativas en el comercio, en la restauraci?n, en la esfera de servicios, en las finanzas y en la actividad empresarial; cap?tulo 10 del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania – infracciones administrativas en el transporte, en la gesti?n vial y en la comunicaci?n, y tambi?n el cap?tulo 7 del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania – infracciones administrativas en el ?mbito de protecci?n del medio ambiente, recursos naturales, protecci?n de los monumentos de la historia y de la cultura.

Parece m?s constructiva la propuesta de O.V.Stoyetskyy sobre “la necesidad de modificar el C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania aislando un cap?tulo que abarque infracciones administrativas en la esfera de seguridad de la informaci?n. Al mismo tiempo, si el objeto gen?rico de este tipo de infracci?n son las relaciones sociales que se realizan en la esfera correspondiente relacionada con la seguridad inform?tica, el objeto directo se determinar? en funci?n del tipo de derecho constitucional que se infringe… proponemos dividir todas las infracciones administrativas en funci?n del tipo de derecho que se infringe: las infracciones administrativas que atentan contra las relaciones sociales en el campo de la recopilaci?n de informaci?n; las infracciones administrativas que atentan contra las relaciones sociales en el campo de la custodia de informaci?n; las infracciones administrativas que atentan contra las relaciones sociales en el campo de la utilizaci?n de informaci?n; las infracciones administrativas que atentan contra las relaciones sociales en el campo de la difusi?n de informaci?n. Los elementos de delitos que causan da?os m?ltiples (al derecho a la recopilaci?n, tambi?n a la custodia, a la utilizaci?n y a la difusi?n) deben separarse en los art?culos especiales”[22].

En general, nosotros apoyamos este enfoque del investigador, pero no podemos estar de acuerdo con ?l en que limita toda la gama de infracciones en el ?mbito de la informaci?n con las infracciones en el campo de la seguridad inform?tica. En cambio, el mismo enfoque y la propuesta de agrupar en un cap?tulo del C?digo de Delitos Administrativos de Ucrania las infracciones en la esfera de informaci?n tomando en cuenta sus caracter?sticas gen?ricas es constructivo.

En esta perspectiva, el problema debe ser estudiado de una manera m?s amplia. En lugar de constantes modificaciones y adiciones a la legislaci?n vigente en el ?mbito de la informaci?n es necesario llevar a cabo una sistematizaci?n gradual de la legislaci?n inform?tica a fin de la adopci?n del C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n. Precisamente este enfoque ha sido realizado en el marco de la actividad de la escuela cient?fica de V.A.Lipkan lo que se ha reflejado en la preparaci?n de tesis doctorales sobre el tema, tambi?n de un sistema de publicaciones,  en la celebraci?n de conferencias cient?ficas tem?ticas internacionales y seminarios y otras actividades dirigidas a la realizaci?n del objetivo declarado.

El an?lisis de las investigaciones cient?ficas permite constatar que hoy en d?a a?n no se ha formado aparato conceptual categ?rico paradigm?tico en esta ?rea. Junto con el concepto de “infracciones inform?ticas” se utilizan como sin?nimos tales t?rminos como “infracciones de car?cter inform?tico, “infracciones en el ?mbito de la informaci?n”, “infracciones en el campo de la seguridad inform?tica”, “infracciones en el ?rea de la actividad inform?tica”, “infracciones de la legislaci?n inform?tica”, etc. Tampoco existe en la comunidad cient?fica opini?n ?nica acerca de los tipos de infracciones inform?ticas, de los enfoques para la clasificaci?n de ciertas infracciones como inform?ticas.

El estudio etimol?gico y sem?ntico de estos conceptos permite hacer la conclusi?n de que las infracciones inform?ticas son la categor?a m?s amplia. Por ejemplo, los t?rminos “infracci?n de car?cter inform?tico”  indican s?lo aquellas infracciones que son de contenido inform?tico. El an?lisis de la legislaci?n inform?tica que hemos realizado nos ha permitido concluir que como inform?ticas deben clasificarse tambi?n las infracciones que no s?lo son de car?cter inform?tico (es decir, de contenido), sino tambi?n de forma inform?tica.

Una posici?n algo parecida tiene O.V.Polushkin quien ha dicho que “las infracciones inform?ticas se realizan principalmente en una esfera particular de actividades humanas  – en la esfera inform?tica, es decir, en el campo de la b?squeda, creaci?n, procesamiento, transmisi?n, recepci?n, custodia, protecci?n y utilizaci?n de todos los datos posibles sobre el medio ambiente (informaci?n). A menudo se realizan usando los medios inform?ticos y las tecnolog?as de trabajo con la informaci?n independientemente de su forma. Una infracci?n inform?tica puede realizarse tambi?n en otras ?reas de la actividad humana. Como circunstancias importantes de la realizaci?n de tales actos se consideran las condiciones del medio ambiente inform?tico donde se han realizado relacionadas con el uso de la informaci?n, de las herramientas inform?ticos y de la tecnolog?a de trabajo con la informaci?n independientemente de su forma”[23].

Teniendo en cuenta lo anterior, hace falta destacar las peculiaridades de las infracciones inform?ticas mediante las cuales se puede diferenciarlos de otros tipos de infracciones.

1)          son de car?cter interdisciplinario, y por lo tanto la responsabilidad de ellas es prevista en la legislaci?n en distintas ramas de derecho;

2)          tienen un car?cter ideal, es decir, de una u otra  manera est?n relacionadas con una sustancia espec?fica – informaci?n;

3)          se realizan, por lo general, en el sector inform?tico, en el medio ambiente inform?tico y son un elemento de la actividad inform?tica;

4)          la complejidad de identificar al autor o la fuente de peligro (especialmente para las infracciones de ordenador);

5)          la complejidad de determinar el lugar y la hora de su comisi?n (especialmente para las infracciones de ordenador);

6)          el desarrollo din?mico y permanente de los medios e instrumentos de su comisi?n, lo que dificulta su prevenci?n eficaz, sobre todo por las v?as jur?dicas;

7)           un papel especial en la clasificaci?n de una infracci?n como inform?tica se da al objeto de infracci?n (relaciones inform?ticas), al tema (infraestructura inform?tica) o el instrumento de comisi?n (tecnolog?as inform?ticas y de telecomunicaciones (herramientas de informaci?n y telecomunicaciones) y otros medios de comunicaci?n). Es decir, en nuestra opini?n, la infracci?n inform?tica debe considerarse aquella infracci?n que tiene como objetivo infringir el derecho a la informaci?n o infraestructura inform?tica o  se comite mediante el uso de las tecnolog?as  inform?ticas de telecomunicaciones o medios de comunicaci?n.

Las infracciones inform?ticas es un nuevo e independiente tipo de infracciones lo que apoya la necesidad de formar y desarrollar la delictolog?a inform?tica. Su objetivo principal es estudiar el contenido, la naturaleza, el fondo, la especificidad y la diversidad de los delitos inform?ticos, y tambi?n el desarrollo e implantaci?n de v?as concretas, direcciones, m?todos de prevenci?n.

Podemos ofrecer una concepci?n amplia y una concepci?n limitada del delito inform?tico.

Un delito inform?tico es toda aquella acci?n, socialmente peligrosa, antijur?dica, culpable (acci?n u omisi?n),  por la comisi?n de la cual en la legislaci?n en la esfera de la informaci?n est? prevista la responsabilidad legal. Un delito inform?tico es toda aquella acci?n, socialmente peligrosa, antijur?dica, culpable (acci?n u omisi?n),  por la comisi?n de la cual en la legislaci?n inform?tica est? prevista la responsabilidad legal. Por su naturaleza un delito inform?tico es un atentado peligroso contra las relaciones jur?dicas inform?ticas protegidas por la normas de la legislaci?n inform?tica y a las cuales puede causar o causa da?o. Por su contenido es una acci?n culpable realizada por un sujeto de responsabilidad inform?tica legal. Por su forma un delito inform?tico es una acci?n u omisi?n antijur?dica por la comisi?n de la cual est? prevista la responsabilidad legal en la esfera de la informaci?n.

Son t?picas del delito inform?tico todas las caracter?sticas de las infracciones andministrativa que son t?picas de otras categor?as de las infracciones administrativas: peligro p?blico, ilegalidad, la culpabilidad y la punibilidad. Sin embargo, estas caracter?sticas de los delitos inform?ticos  tienen sus peculiaridades.

Los delitos inform?ticos constituyen un tipo espec?fico de delitos que atentan contra la orden de gesti?n establecida. El sujeto t?pico de los delitos inform?ticos son las relaciones jur?dicas en el ?mbito de la informaci?n protegidas por las sanciones de las normas jur?dicas administrativas delictivas, contra las cuales atenta una acci?n peligrosa para la sociedad y mediante la cual puede causar o causa da?o.

La comisi?n de un delito inform?tico administrativo es un hecho jur?dico tras el cual surgen relaciones de responsabilidad jur?dica en el ?mbito de la informaci?n, y al mismo tiempo es un pretexto de responsabilidad jur?dica en el ?mbito de la informaci?n.

La responsabilidad jur?dica inform?tica es una forma de responsabilidad jur?dica que tiene todas las caracter?sticas de la ?ltima: se atribuye s?lo con los actos jur?dicos normativos, se realiza a trav?s de las normas del derecho procesal y se aplica por los ?rganos estatales correspondientes  (funcionarios) por un delito inform?tico cometido con el objetivo de educar a la persona a cumplir las leyes, respetar las normas de un desarrollo eficaz y seguro de la sociedad de la informaci?n, prevenir la comisi?n de los nuevos delitos inform?ticos.

Tambi?n es un acto (acci?n u omisi?n) cometido por un sujeto con capacidad delictiva.  Al mismo tiempo, los funcionarios del gobierno que deben responder a las solicitudes de informaci?n por parte de los ciudadanos por virtud con la Ley de Ucrania “Sobre el acceso a la informaci?n p?blica” comiten infracciones inform?ticas proncipalmente por omisi?n.

El grado de peligrosidad social de las infraciones se determina por los valores sociales contra los cuales atentan.  Los delitos inform?ticos atentan contra las relaciones jur?dicas inform?ticas protegidas por las sanciones, y tomando en cuenta, adem?s, la informatizaci?n ulterior de la sociedad, su desarrollo, la penetraci?n del componente inform?tico en casi todos los ?mbitos de la vida de la sociedad, el grado de su peligro social es bastante grande. Es importante tener en cuenta esta circunstancia debido a la posibilidad de una transformaci?n ulterior de delitos en las infracciones penales. No obstante, los grados de peligro social de diversos tipos de los delitos inform?ticos presentan una gran variedad y dependen del objeto gen?rico  de un delito inform?tico concreto.

La ilicitud de delito inform?tico se manifiesta en la infracci?n de las normas inform?ticas jur?dicas. La naturaleza jur?dica de los delitos inform?ticos se establece por las normas de la Constituci?n de Ucrania, pero tambi?n debe especificarse en el C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n. La culpabilidad es una caracter?stica necesaria del delito inform?tico y puede tener la forma de intenci?n o de negligencia.

La muestra de punici?n del delito inform?tico consiste en aplicar al infractor las sanciones correspondientes que figuran en el C?digo de Ucrania sobre las Infracciones Administrativas. Adem?s, estas sanciones deben especificarse en el C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n.

La peculiaridad de los delitos inform?ticos consiste en que la legislaci?n inform?tica no contiene naturaleza claramente determinada de muchas infracciones, y tampoco est?n definidas las caracter?sticas seg?n las cuales unas u otras  infracciones inform?ticas deben ser agrupadas en un s?lo cap?tulo.

A?n m?s, en este contexto nos gustar?a llamar la atenci?n sobre el hecho de que debido a la lentitud del desarrollo de los principios metodol?gicos del derecho inform?tico, tiene lugar un retraso artificial del desarrollo de la ciencia inform?tica jur?dica. En particular, no hay avances en los temas tan palpitantes como: conflictos inform?ticos, avenenecia inform?tica jur?dica, responsabilidad inform?tica jur?dica, delitolog?a inform?tica, funci?n inform?tica del Estado, etc.

En particular, el vac?o te?rico en cuanto a la formalizaci?n conceptual de la responsabilidad jur?dica inform?tica hace imposible el desarrollo de la delitolog?a inform?tica que juntas forman una gran parte del futuro C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n.

En tales circunstancias, cuando la responsabilidad por la comisi?n de infracciones inform?ticas est? prevista por las normas de diversos c?digos, surgen colisiones artificiales y, en general, se descredita el principio de inevitabilidad de punici?n. Igual sin resolver siguen las cuestiones de procedimiento del  enjuiciamiento procesal de imputaci?n de responsabilidad jur?dica inform?tica.

Conclusiones

Estas brechas pueden ser eliminadas a trav?s del desarrollo de los fundamentos te?ricos de la delitolog?a inform?tica, estudio de la problem?tica de la sistematizaci?n de la legislaci?n inform?tica mediante una reflexi?n cient?fica consecutiva y sinerg?tica y la convergencia de sus componentes: incorporaci?n, consolidaci?n y codificaci?n de la legislaci?n inform?tica. La formaci?n de la base te?rica deber?a llevar a la adopci?n del C?digo de Ucrania sobre la Informaci?n, que a su vez se correlacionar?a con la aprobada Doctrina de la Pol?tica Estatal de Informaci?n. Ya que en el marco del C?digo deber?an definirse no s?lo distintas instituciones del derecho inform?tico que requieren protecci?n jur?dica inform?tica, sino tambi?n la legitimaci?n del concepto y las caracter?sticas inmanentes del delito inform?tico, la definici?n de las sanciones jur?dicas inform?ticas por su comisi?n, el mecanismo de realizaci?n de la responsabilidad jur?dica inform?tica, etc.

El delito inform?tico es un hecho jur?dico, debido al cual surgen las relaciones de la responsabilidad jur?dica inform?tica y, al mismo tiempo, es la base de la responsabilidad jur?dica inform?tica. Desde el momento de la comisi?n del delito inform?tico el infractor tendr? una obligaci?n de experimentar las medidas de la responsabilidad jur?dica inform?tica previstas por  la sanci?n de la norma infringida y sufrir las consecuencias adversas,  y el sujeto, que es instancia de la responsabilidad jur?dica inform?tica, tendr? el derecho y la obligaci?n de imputarlo de la responsabilidad jur?dica inform?tica. De este modo, entre la instancia de la responsabilidad jur?dica inform?tica y el infractor surge una relaci?n jur?dica de responsabilidad jur?dica.inform?tica.

La fundamentaci?n de la nueva doctrina de derecho inform?tico se basa en los principios contempor?neos de la formaci?n y el desarrollo de las relaciones inform?ticas en direcci?n de la creaci?n de una infraestructura inform?tica orientada a las necesidades humanas, la formaci?n de los mecanismos para garantizar los derechos y las libertades inform?ticas, la creaci?n de una sociedad inform?tica segura.

El derecho inform?tico adquiere en la situaci?n actual caracter?sticas de un fen?meno poli-estructural, lo que requiere enfoques adecuados para determinar la composici?n de sus instituciones y sectores inmanentes, y tambi?n las formas de la sistematizaci?n de la legislaci?n inform?tica.

Tomando en cuenta los avances de la delitolog?a administrativa podemos deducir lo siguiente. Las normas que establecen la responsabilidad por la comisi?n de infracciones inform?ticas deben denominarse “normas inform?ticas delictivas”, las relaciones correspondientes  – “relaciones inform?ticas delictivas” y el conjunto de las normas – “delitolog?a inform?tica”. Nosotros subrayamos que las relaciones que surgen tras la comisi?n de una infracci?n jur?dica inform?tica y la aplicaci?n de una sanci?n administrativa no son relaciones administrativas, sino las relaciones de responsabilidad jur?dica, en nuestro contexto – responsabilidad inform?tica (administrativo-delictiva).

El legislador ha conectado r?gidamente la aparici?n de las relaciones inform?tico-delictivas a un solo tipo de normas imperativas jur?dicas – comisi?n de una infracci?n jur?dica inform?tica.

En este caso, la delitolog?a inform?tica es un subsector independiente del derecho inform?tico. Es una consecuencia de la g?nesis del derecho inform?tico como una rama independiente del derecho, y los conceptos b?sicos de la delitolog?a inform?tica han sido desarrollados en el marco del derecho inform?tico. Tambi?n hay que se?alar que los actos de la delitolog?a inform?tica son de orientaci?n inform?tico-jur?dica entre otras. As? que hemos comprobado una necesitad argumentada del estudio cient?fico ulterior y el desarrollo del tema de la delitolog?a inform?tica en calidad de un problema cient?fico peculiar.



[1] Ліпкан В. А. Консолідація інформаційного законодавства України : [монографія] /  В. А. Ліпкан, М. І. Дімчогло / за заг. ред. В. А. Ліпкана. — К. : ФОП О. С. Ліпкан, 2014. — 416 с.; Ліпкан В. А. Інкорпорація інформаційного законодавства України : [монографія] /  В. А. Ліпкан, К. П. Череповський / за заг. ред. В. А. Ліпкана. — К. : ФОП О. С. Ліпкан, 2014. — 408 с.; Ліпкан В. А. Адміністративно-правовий режим інформації з обмеженим доступом : [монографія] /  В. А. Ліпкан, В. Ю. Баскаков / за заг. ред. В. А. Ліпкана. — К. : ФОП О. С. Ліпкан, 2013. — 344 с.; Ліпкан В. А. Систематизація інформаційного законодавства України : [монографія] /  В. А. Ліпкан, В. А. Залізняк / за заг. ред. В. А. Ліпкана. — К. : ФОП О. С. Ліпкан, 2012. — 304 с.

[2] Ліпкан В., Максименко Ю. Націобезпекознавство: проблеми формування категорійно-понятійного апарату / В. Ліпкан, Ю. Максименко //  Підприємництво, господарство і право. — 2011. — № 8. — С. 7—11.

[3] Сопілко І.М. Інформаційні правовідносини за участю органів державної влади : монографія / Ірина Миколаївна Сопілка. – К. «МП Леся», 2013. – 220 с.; Линник Г. М.
Адміністративно-правове регулювання інформаційної безпеки України: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / Г. М.Линник ; Нац. ун-т біоресурсів і природокористування України. — К., 2011. — 20 с.; Логінов О.В.
Адміністративно-правове забезпечення інформаційної безпеки органів виконавчої влади: Автореф. дис… канд. юрид. наук: 12.00.07 / О.В. Логінов ; Нац. акад. внутр. справ України. — К., 2005. — 20 с.

[4] Цимбалюк В.С. Інформаційне право: концептуальні положення до кодифікації інформаційного законодавства: монографія / В. С. Цимбалюк. — К.: Освіта України, 2011. — 424 с

[5] Інформаційне право та правова інформатика у сфері захисту персональних даних: [Монографія] / В. Брижко, М. Гуцалюк, В. Цимбалюк, М. Швець. — К.: НДЦПІ АПрН України, 2005. — 333 с.

[6] Інформаційні стратегії в глобальному управлінні: матеріали міжнар. наук.-практ. конф., 29 жовт. 2011 р., Київ / Ред.: В. А Ліпкан; Global organization of allied leadership, Acad. of Open Society Security. — К.: Вид. Ліпкан О.С., 2011. — 140 с.

[7] Максименко Ю. Є. Теоретико-правові засади забезпечення інформаційної безпеки України : автореф. дис. на здобуття наук. ступеня канд. юрид. наук : спец. 12.00.01 „Теорія та історія держави і права, історія політичних і правових учень” / Ю. Є. Максименко. — К., 2007. — 20 с.

[8] Залізняк В. А. Систематизація інформаційного законодавства України: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / В. А. Залізняк; Нац. ун-т біоресурсів і природокористування України. — К., 2011. — 18 с.

[9] Дімчогло М. І. Консолідація інформаційного законодавства України: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / М. І. Дімчогло; Нац. авіаційний ун-т. — К., 2012. — 18 с.

[10] Череповський К.П. Інкорпорація інформаційного законодавства України: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / К. П. Череповський; Запорізький нац. ун-т. — Запоріжжя, 2013. — 19 с.

[11] Татарникова К. Г. Деякі аспекти методології кодифікації інформаційного законодавства / К. Г. Татарникові матеріали науково-практичної конференції „Правові та політичні проблеми сучасності” (м. Луцьк, 22 квітня 2012 р.). — К. : ФОП О. С. Ліпкан, 2012. — С. 38—40.

[12] Цимбалюк В. С. Кодифікація інформаційного законодавства України : дисертація на здобуття наукового ступеня доктора юридичних наук за спеціальністю 12.00.07 „Адміністративне право і процес; фінансове право; інформаційне право” / Віталій Степанович Цимбалюк. — Національний університет «Юридична академія України імені Ярослава Мудрого» Міністерства освіти і науки України. — Харків, 2013. — 435 с.

[13]Баскаков В. Ю. Адміністративно-правовий режим інформації з обмеженим доступом: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / В. Ю. Баскаков; Нац. ун-т біоресурсів і природокористування України. — К., 2012. — 19 с.

[14] Матвієнко П. Є. Адміністративна відповідальність за порушення законодавства про комерційну таємницю: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / П. Є. Матвієнко; Нац. ун-т біоресурсів і природокористування України. — К., 2010. — 19 с.; Стоєцький О. В. Адміністративна відповідальність за порушення у сфері інформаційної безпеки України: автореф. дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / О. В. Стоєцький; Запорізький нац. ун-т. — Запоріжжя, 2013. — 19 с.

[15] Коваль Л. В. Адміністративне право України: Курс лекцій (Загальна частина). — К.: Основи. — 1994. — 154 с.

[16] Колпаков В.К. Адміністративно-деліктний правовий феномен: Монографія. — К.: Юрінком Інтер, 2004. — 528 с.

[17] Остапенко О. І. Адміністративна деліктологія. — Львів: Львівський ін-т внутр. справ при Укр. акад. внутр. справ, 1995. — 312 с.

[18] Додин Е. В. Административная деликтология: Курс лекций. — Одесса: БАХВА, 1997. — 116.

[19] Адміністративна відповідальність в Україні: Навчальний посібник / Укладачі: Городиський М. І., Гуменюк В. А., Джагупов Г. В. та ін. / За заг. ред. доц. А. Т. Комзюка. — Х.: Ун-т. внутр. справ, 1998. — 78 с.

[20] Коліушко І., Голосніченко І. До проблеми відмежування адміністративних проступків від проступків, що підпадають під юрисдикцію суду. // Право України. — 2001.— № 3. — С. 39 — 42.

[21] Стоєцький О. В. Адміністративна відповідальність за порушення у сфері інформаційної безпеки України : дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / Олексій Васильович Стоєцький. — К., 2013. — 191 с.

[22] Стоєцький О. В. Адміністративна відповідальність за порушення у сфері інформаційної безпеки України : дис. … канд. юрид. наук : 12.00.07 / Олексій Васильович Стоєцький. — Запоріжжя, 2013. — 191 с.

[23] Полушкин А. В. Информационное правонарушение: понятие и виды :  дис. … канд. юрид. наук : 12.00.14 / Александр Васильевич Полушкин. — Екатеринбург, 2009. — 223 с., с. 74-75